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Aprobadas las bases reguladoras para la promoción del Comercio Electrónico en empresas y autónomos de la Región de Murcia

30 mayo 2018

El plazo de acreditación de proveedores finalizará el próximo 22 de noviembre

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM), a través de la Dirección General de Informática, Patrimonio y Telecomunicaciones, ha aprobado las bases reguladoras para la promoción del Comercio Electrónico en las empresas y autónomos de la Región de Murcia, mediante la concesión de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea.

Dichas subvenciones serán otorgadas por una cuantía máxima de 10.000 euros y deberán ser destinadas a sufragar hasta el 85% de los gastos de aquellos costes subvencionables que estén relacionados directamente con el comercio electrónico del beneficiario de la ayuda. El resto de costes subvencionables y los no subvencionables, como el IVA, serán aportados íntegramente por el beneficiario.

Para la correcta ejecución de los proyectos, los solicitantes de ayuda deberán elegir un Proveedor Acreditado para la ejecución de las ayudas. Los proveedores acreditados son empresas relacionadas con el sector informático con conocimientos y experiencia en el campo del Comercio Electrónico.

Cómo acreditarse como proveedor

Los proveedores para acreditarse deberán presentar la solicitud de adhesión al programa del Fomento del Comercio Electrónico en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 2327), adjuntando la documentación que se indica en la Orden de 8 de mayo de 2018, de la Consejería de Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a Pequeñas y Medianas Empresas y Autónomos para el Fomento del Comercio Electrónico en la Región de Murcia y para la selección de los proveedores acreditados que participarán en su ejecución (BORM nº. 116 de 22 de mayo de 2018).

El plazo de acreditación de proveedores finalizará el próximo 22 de noviembre de 2018.

Más información: https://www.borm.es/borm/documento?obj=anu&id=767679

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