La normativa española regula el régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica.
El denominador común de todas estas relaciones jurídicas que se pueden establecer, y en consecuencia, el denominador común de todos los servicios que se pueden prestar por vía electrónica, es la no presencia física de las partes.
Las principales empresas destinatarias de la normativa española son las tiendas de comercio electrónico, portales, prestadores de firma electrónica, operadores de telecomunicaciones, medios de comunicación, medios de pago, prestadores de servicios financieros y consultorías, entre otras.
La normativa española sobre Comercio Electrónico es la más extensa y exigente de la Unión Europea. A continuación se detalla toda la normativa aplicable: